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CNT - Valladolid
El conflicto comenzó el 16 de diciembre del
2003 (ver cnt nº298 de febrero de 2004). Des-
pués de que el compañero José A. llevara
trabajando 6 meses para la empresa Alumi-
nios Medina 2000 S.L. con todas las irregu-
laridades y atropellos cometidos por esta, el
compañero no fue readmitido.
El sueldo que José A. percibía, desde que
entró en la empresa en Junio del 2003, como
carpintero metálico, era el salario mínimo
interprofesional, 451 euros; al mes, por un
trabajo de 54 horas semanales e incluso más,
con un contrato temporal de 6 meses, bajo
la modalidad de formación que "legalmen-
te" no permite más de 34 horas a la semana
y que debería ofrecer una formación profe-
sional adecuada a su fin, que en este caso
nunca ha existido.
El convenio colectivo de metal de Valla-
dolid dispone que el salario del trabajador
durante el primer año de duración del con-
trato de formación es del 80% del salario fi-
jado para un peón. Pero él realizaba
realmente las tareas de peón y no se le ha-
bía impartido formación alguna, por lo que,
según el Estatuto de los Trabajadores, le co-
rrespondería cobrar como un peón ordinario
(que es la categoría que el empresario trataba
de esconder bajo este contrato fraudulento
y de paso ahorrase una cantidad importan-
te en las cotizaciones de este trabajador sin
derecho a paro).
Se encuentra una diferencia de 3.414 eu-
ros; robados al trabajador en los 6 meses de
trabajo. De ser condenado el empresario ten-
dría que pagar esta cantidad, cotizar por él
como peón por todas las contingencias, y
quizás paga algunas sanciones por incum-
plimientos de la ley de prevención de riesgos
laborales.
Hasta el día de hoy la empresa no ha
puesto ningún tipo de interés en dar esta
cantidad. Ya que se le informo de estas can-
tidades, entregándole un escrito elaborado
por el asesor indicando lo adeudado. Pero el
empresario reaccionó violentamente sacando
a empujones al compañero, y negándose a co-
ger el escrito.
Por estas razones se redactó un escrito a
la Inspección de Trabajo para que hiciera un
control a la empresa. Simultáneamente al
escrito, demandamos a la empresa para un
acto de conciliación. El resultado del mismo
fue el ofrecimiento de la empresa de una
cantidad de alrededor de 2.000 euros, sien-
do rechazada por el compañero, por ser in-
suficiente. El juicio por reclamación de
cantidades fue 25 de mayo de 2004 con el
resultado de que el juez dicta que el com-
pañero si recibió las clases teóricas por lo
tanto solo da al compañero la cantidad de
2.151,28 euros lo cual ha sido recurrido por
este sindicato.
La academia "Salvador" dio el certificado
falso de realización de las clases teóricas que
presentó la empresa en el juicio para probar
dichas clases.
Esta academia, al ponerse en contacto con
ella el compañero y pedirle el supuesto cer-
tificado, se ha negado a darlo ya que no dis-
pone de ningún test que pruebe que han sido
realizadas las clases teóricas.
Seguiremos informando de este conflicto.
La CNT manifestamos:
- Que ni la juventud de este trabajador
de Medina ni su eventualidad en la em-
presa justifican el robo de una parte
de su salario y el que la empresa se
burle de sus derechos laborales, que en
definitiva son de todos nosotros.
- Que es la empresa ALUMINIOS MEDINA
2000 SL la que de una forma inmoral e
ilegal falta a las obligaciones económi-
cas y laborales contraídas con el traba-
jador. No le basta con quedarse con el
fruto de su trabajo y la plusvalía (rique-
za) que éste generó en los seis meses
que trabajó para ella, sino que además
valiéndose de contrataciones fraudulen-
tas y saltándose el convenio provincial
del metal, que está obligada a respetar,
va y se niega a pagar los más de 3000
euros que legalmente pertenecen al tra-
bajador en concepto de salarios.
- Que aquí quien no respeta los derechos
laborales y las condiciones económicas
que estos dictan es la empresa ALU-
MINIOS MEDINA 2000 SL. Con compor-
tamientos como este cualquiera se
convierte en un buen y honrado veci-
no y prohombre de Medina.
- Que esta empresa en todo momento ha
mantenido una actitud intransigente
y de prepotencia, negándose a recibir
y negociar las reclamaciones hechas
por el trabajador primero, como por la
CNT después.
- Que esperamos que la denuncia públi-
ca realizada por la CNT sirva para que
cesen estas prácticas antiobreras rea-
lizadas en esta empresa (incumpli-
miento del convenio, inexistencia de
la formación, horas extras, falta de se-
guridad e higiene...).
¡Basta de robar a los obreros/as!
Contra la explotación laboral ¡organízate!
cnt
n°304 agosto-septiembre 2004
Sindical-laboral
1
100
Acuerdo en
Mora-IPT, S.A.
Sección Sindical de la CNT-AIT
La Sección Sindical en MORA-IPT, S.A.. informa
que a principios de julio ha llegado a un acuer-
do con la empresa, sin necesidad de asistir a jui-
cio y conciliando ambas partes, por el cual la
empresa ha reconocido que no puede demostrar
que ejecutó la reserva indicada en convenio
aunque afirma que la hizo,(sin comentarios)y
por lo tanto nos reconoce un salario base su-
perior al actual, al que hay que sumar el des-
vío del IPC del 2003 y la subida 2004, más una
indemnización por la diferencia de salario base
del 2003, para el compañero.
Este acuerdo solo afecta a nuestro compa-
ñero, ya que la denuncia la puso él de mane-
ra particular e informó al resto de trabajador@s
y a la delegada de personal, que todo este tiem-
po se han quedado cruzados de brazos sin ha-
cer nada, esperando. Es más, desde CC.OO.
dijeron que los salarios estaban bien.
El tiempo nos ha dado la razón y como co-
mentamos, la empresa sube el mínimo sin ha-
cer la reserva. Desde aquí damos por cerrado el
conflicto, esperando que se cumpla el acuerdo.
La CNT se reúne con
la Delegación de
Empleo del
Ayuntamiento de
Sevilla para estudiar
el problema de la
siniestralidad laboral
CNT-Sevilla
La Federación Local de Sindicatos de Sevilla de
la Confederación Nacional del Trabajo ha con-
certado una reunión con el Director del Área
de Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, para
recabar información sobre el acuerdo que el
Ayuntamiento ha suscrito recientemente con
varias centrales sindicales sobre prevención de
la siniestralidad laboral, así como para exponerle
nuestros posicionamientos y reivindicaciones
inmediatas al respecto.
En la CNT mantenemos que existe una re-
lación directa entre precariedad y siniestralidad
laboral, que explica por qué es más elevado el
número de accidentes laborales en este país
respecto de otros de su entorno y por qué cada
verano se disparan las cifras de muertos y he-
ridos por accidente laboral.
La subcontratación abusiva, la temporali-
dad excesiva de los contratos o incluso el tra-
bajo negro (sin contrato), la contratación a
través de ETT´s, los trabajos de temporada, las
largas jornadas de trabajo (de hasta 16 horas
diarias), los destajos, etc... todo ello son cau-
sas del elevado número de accidentes laborales.
Reivindicamos de todas las administraciones
públicas que en el ámbito de sus respectivas
competencias actúen contra la precariedad
como causa directa de la elevada siniestralidad
laboral. En particular, y al margen de las labo-
res de Inspección cuya competencia corres-
ponde a la Administración del Estado, las
administraciones públicas deben evitar las ex-
cesivas contratas de obras y servicios públicos,
erradicar totalmente las subcontrataciones de
trabajos determinados, exigir a las empresas
contratistas unos mínimos de ética laboral y de
seguridad e higiene en el trabajo, y fiscalizar
su actividad e intervenir en su caso para ase-
gurar el cumplimiento de esos mínimos.
Breves
CNT - Valladolid
El pasado 17 de diciembre el trabajador Ser-
gio P. entraba a trabajar en la empresa Dis-
tribuciones Del Pozo S.L. En el contrato por
obra o servicio determinado que le hicie-
ron, la empresa entró en graves irregulari-
dades. Pues aplicaba al trabajador un
Convenio Colectivo caducado, el convenio vi-
gente es el estatal de Entrega Domiciliaria
2003-2006:
- La categoría profesional Aspirante Opera-
tivo adjudicada a Sergio no existe en el
convenio vigente, sino en el anterior.
- El contrato efectuado fue ilegal, ya que no
se especifica el fin de la obra o servicio de-
terminado, y sólo se hacía ilusión a que se-
ría para la campaña otoño-invierno,
cuando ya esta había terminado. Por lo
tanto el contrato pasa a ser indefinido.
- Por el sólo hecho de ser menor de edad,
se le descontaba del sueldo la suma de
8.000 pesetas al mes, no viniendo esto
marcado en el convenio.
- Aún así el Salario Base que paga la empresa
a todos sus trabajadores, aunque sean ma-
yores de edad, mantiene importantes di-
ferencias con respecto al salario mínimo
marcado en el convenio.
- Los Pluses de Zona y Eventualidad tampoco
son retribuidos como marca el convenio.
- El Plus de Transporte ni siquiera ha sido
retribuido.
- En el contrato se marcaban 2 horas y me-
dia al día, cuando el trabajador llegaba a
realizar hasta 3 y media.
El pasado 28 de mayo se le notificaba al
trabajador que la obra o servicio había ter-
minado. Desde la CNT se mandó un fax a la
empresa exigiendo que se pagará el sueldo
marcado en el convenio, que se retribuye-
ran las horas extras realizadas, y se le pa-
gara la indemnización por despido (24 días)
y no por fin de obra (8 días) como se le
querían pagar. La empresa cedió a pagar
todo menos las horas extras. El trabajador
aceptó estas condiciones ya que las horas ex-
tras realizadas, son ya imposibles de de-
mostrar por vía judicial. Pero gracias a la
lucha consiguió que se le pagaran 572,63 eu-
ros de lo que le pertenecía.
A pesar de todo, se va a llamar a la Ins-
pección de Trabajo para hacer una revisión
a la empresa.
Aluminios Medina roba
a sus trabajadores
Irregularidades en
Distribuciones del Pozo SL

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