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Prevención
cnt
n°297 enero 2004
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Manuel A. Oliva
CNT - La Puebla del Río
A
nte todo debo decir que no todos los profesionales de la PRL son unos mendas de
cuidado como el Inspector de Trabajo al que hice referencia en el anterior artícu-
lo. Por cierto, quiero hacer referencia a un buen profesor que he tenido, profe-
sional y casi artesano del INSHT. Este buen hombre, curtido en mil batallas
preventivas contra los riegos laborales y contra muchas empresas de renombre, nos
decía que la PRL era a la vez una ciencia y un arte. Al principio costaba creérselo, pero hasta
el momento no he encontrado mejor definición de esta actividad. Intentaré explicarlo un
poco.
La ciencia es un conjunto de conocimientos, teorías, hipótesis; demostrables o no con la
experiencia. Los errores pueden ser rectificados; a esto se llama ensayo-error. El progreso de
las ciencias se logra con conjeturas y refutaciones. Es la filosofía de lo posible, que no es cien-
cia propiamente dicha, y la doctrina de lo necesario (intentaré ir aplicando estas definicio-
nes a la PRL). El arte, en su más amplia expresión es un conjunto de procedimientos, de obras
realizadas con una maña personal. Requiere una técnica y talento particular. La técnica es un
conjunto de instrumentos y habilidades de los que podemos y debemos obtener resultados. El
resultado en la PRL es evitar los riesgos o reducirlos a su mínima expresión para que el tra-
bajador o trabajadora no sufra daños en su salud. El prevencionista, en sus diferentes versio-
nes incluyendo al sindical, debe de emplear la eficacia técnica de la ciencia y lo contrastado
de su arte preventivo. A mi me costó cierto trabajo entender esto, espero que con estas expli-
caciones os haya facilitado la labor. El prevencionista cualificado recibe el título de técnico
en prevención tras un proceso formativo que nos puede parecer adecuado o no. Es un título
oficial que se logra tras pasar unas pruebas. Este técnico debe de aplicar la ciencia preventi-
va aprendida con el arte adquirido, es decir, de una manera eficaz. A nadie le sorprende que
se hable del arte de jugar al fútbol. Tampoco que se diga que un cirujano tiene arte. Este pro-
fesional ha aplicado una serie de técnicas que ha adquirido tras un largo proceso formativo.
La ciencia y el arte se juntan en el cirujano. ¿Por qué no en el técnico en prevención?
Os voy a exponer un muestrario de sucesos, aleatorios de algún modo, y luego intentare-
mos llegar a algunas conclusiones para que el trabajo preventivo siga unas pautas lógicas y
sepamos a que focos de la siniestralidad debemos acudir con mayor prontitud:
Condenados los responsables de una empresa constructora por dos acci-
dentes mortales.
La audiencia de Valencia ha condenado al gerente de una empresa constructora
y al arquitecto técnico de la misma a siete meses de prisión. Los hechos ocurrieron
en el año 1995, cuando dos albañiles trabajaban sobre una plataforma en una facha-
da en construcción en Valencia, a cinco metros y medio de altura. La plataforma sobre
la que se encontraban los trabajadores se desplomó y los dos trabajadores murieron
en el siniestro.
El juzgado de lo penal absolvió al gerente y al arquitecto técnico. Seis años des-
pués de los accidentes el tribunal ha considerado que el andamio, encargado por el
gerente de la empresa, no fue revisado por el arquitecto técnico, medida preventiva
según las normas de PRL. La sentencia sostiene que, a pesar de existir los recursos
adecuados en la empresa para la seguridad de los trabajadores, corresponde a los res-
ponsables de la obra exigir la utilización de los mismos. Además de la pena de pri-
sión la sentencia establece una indemnización a las viudas de las víctimas de 34
millones de pesetas.
El País, 1 de junio, 2001.
Condenados tres directivos por un accidente laboral
Un juzgado de Barcelona ha condenado a penas de hasta tres años de prisión a tres
directivos de una empresa de la construcción en la que murió un trabajador de 21
años de edad perteneciente a una empresa de trabajo temporal (ETT).
Esta sentencia es una de las primeras que impone prisión por un accidente labo-
ral. El Director de la empresa ha sido condenado a dos años de prisión por impru-
dencia por la muerte de obrero, que sólo llevaba trabajando una hora en su puesto
de trabajo.
Los hechos sucedieron el 24 de octubre de 1996 cuando el joven resultó apri-
sionado por una máquina de la empresa cuando se encontraba en la zona de la cade-
na de producción retirando unos adoquines que se habían caído.
Según la sentencia, la puerta de acceso a la zona de la cadena de producción
debía tener un dispositivo de seguridad para impedir su apertura con la maquina-
ria en funcionamiento, pero éste no funcionaba y, además no tenía célula fotoe-
léctrica para detectar el paso de personas para detener la cadena.
El periódico, 8 de enero, 2002.
Inspector de trabajo condenado.
La sentencia del caso ARDYSTIL condena a un inspector de trabajo a pagar 12,5 millones
de euros por las enfermedades laborales sufridas por trabajadoras de un taller textil.
Panorama general de la
Prevención de Riesgos Laborales
Los lectores y lectoras de las anteriores entregas de estos artículos sobre PRL que estamos publicando en el
cnt
tienen, en mi modesta opinión, cuatro pilares para apoyarse. Hemos explicado, en la medida que ha sido posible con
un par de páginas de este periódico, de dónde viene la prevención de riesgos laborales, desde dónde hay que llevarla a
cabo, cómo es la forma ideal y qué forma legal debe tener. En esta quinta entrega quiero mostrar, con las limitaciones
conocidas, cómo está la PRL. Para darle a este artículo la máxima expresión de la realidad quiero enfocarlo como un
breve estudio de ciencia social.
La Hacienda municipal, bajo mínimos en seguridad laboral.
Los sindicatos denuncian que el Ayuntamiento hace años que incumple la ley de
Prevención de Riesgos Laborales.
Mangueras podridas en el sótano, extintores escondidos tras montañas de pape-
les, humedades cerca de circuitos eléctricos, cables entre las mesas, luces de emer-
gencias apagadas, puertas que se abren hacia dentro y una original escalera de
incendios que desemboca en la primera planta del edificio municipal de la
Encarnación, en la que se ubican entre otras las oficinas de Hacienda.
UGT y CC.OO. han denunciado de forma conjunta estos incumplimientos de las
normas de PRL ante la Inspección de Trabajo hace más de dos meses y aún no
han obtenido respuesta. En 1998 se formularon las quejas y en el 2000 la admi-
nistración municipal presentó un proyecto de reforma para mejorar las condi-
ciones. Hasta el momento sólo se ha estrechado un pasillo.
(20 minutos, Sevilla, 15 de septiembre, 2003).
Los accidentes laborales causan 500 muertos en el primer semestre.
Sólo en los meses de mayo y junio se han producido 200 muertos.
El número total de accidentes con bajas entre los meses de enero y junio ha sido
de 439.883. El índice de siniestralidad laboral en España es el mayor de la Unión
Europea. La precariedad, la temporalidad y las subcontratas son las causas princi-
pales. Las subcontratas son especialmente responsables del alto número de acci-
dentes, actuando como seudo empresas sin estructura ni organización y sin
posibilidad factible de aplicar las normas de PRL en ellas.
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