AYUNTAMIENTO DE LA BISBAL |
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SIGUE EL CONFLICTO LABORAL |
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El pasado 6 de marzo, la CNT llevó ante los juzgados de lo social de Girona al Ayuntamiento de La Bisbal, acusado de represión sindical. Se denunciaba el no reconocimiento de la Sección Sindical, la amortización del puesto de trabajo del delegado de esta Sección, Roberto Paneque, y la marginación salarial del mismo compañero.
La sentencia fue favorable en parte, ya que se condena al Ayuntamiento, pero por discriminación salarial, al vulnerar el artículo 14 de la Constitución, y no por una clara actividad antisindical.
Respecto a la Sección Sindical, queda plenamente reconocida, ya que "no está condicionada al previo reconocimiento empresarial, sino a la voluntad sindical de su creación, razón por la cual la mera no respuesta empresarial a la comunicación de la creación de la Sección Sindical de CNT-AIT en el Ayuntamiento de La Bisbal no comporta ninguna violación del derecho fundamental a la Libertad Sindical de dicho sindicato ni de sus afiliados en la corporación demandada, y, por ello, tampoco del actor, que puede desarrollar su actividad sindical de conformidad con lo establecido en sus propios estatutos y en las normas legales". Hasta aquí, de acuerdo, pero, a finales de abril, todavía no se nos ha facilitado la información a la que tenemos derecho, y se nos niega la asistencia a las reuniones entre el alcalde y el Comité de Empresa (CCOO), que han empezado a negociar el convenio a espaldas de l@s trabajador@s municipales, cosa que ya ha sido denunciada a la lenta Inspección de Trabajo.
Respecto a la amortización del puesto de trabajo (oficial de 2ª lampista), tampoco se ve lesión de ningún derecho, por la razón de que el compañero "trabaja en la empresa en calidad de personal fijo de plantilla... y la previsión de amortización responde a la creación de una plaza presupuestada de oficial de 1ª lampista...categoría ésta que el actor manifiesta haber solicitado al corresponder con las mismas funciones que dice realizar", por lo que la sentencia no ve lesión de derecho, "sino más al contrario, reconocimiento de la necesidad de adecuar la clasificación de los puestos de trabajo a las funciones efectivamente realizadas por los empleados", siguiendo " los procedimientos legalmente establecidos". A pesar de ello, el Ayuntamiento tiene pensado despedir al compañero al final de año y cubrir la plaza con un concurso público de oposición.
El 27 de marzo, compañeros y compañeras del SOV de Figueres nos presentamos en el Pleno Municipal, manifiesto en mano, y tuvimos un enfrentamiento verbal con la prepotencia del equipo de gobierno del PSC-PSOE, que no entienden o no quieren entender.
El 13 de abril, la CNT salió a la calle. Nos concentramos delante de la III Feria de Anticuarios, organizada por el Ayuntamiento, denunciando la precariedad laboral y el talante antiobrero del PSC-PSOE. Repartimos cientos de octavillas, y los Mossos d´Esquadra intentaron identificar sin éxito a algún compañero que se responsabilizara del acto.
Al día de hoy 25-4-01, el Ayuntamiento aún no ha acatado lo que estipila el fallo de la puñetera sentencia.
Desde la Intercomarcal de Girona de la CNT, anunciamos nuevas movilizaciones e in vitamos a los compañeros y compañeras a enviar faxes de protesta a:
Ayuntamiento de La Bisbal d´Empordà. A la atención del alcalde Ramón Romaguera, del PSC-PSOE. Fax: 972-643186.
También puedes quejarte en cualquier sede del PSOE de tu zona. ¡¡ Solidaridad e imaginación contra el poder !! ¡¡ Salud y anarcosindicalismo !!
COMUNICADO PÚBLICO SOBRE EL CONFLICTO DE LA CNT CON EL AYUNTAMIENTO DE LA BISBAL
La Confederación Nacional del Trabajo (CNT-AIT) y su Sección Sindical en el Ayuntamiento de La Bisbal d´Empordà hacen pública la sentencia 88/01 del Juzgado de lo social en Girona sobre la tutela de Derechos Fundamentales, en la cual se demandaba al Ayuntamiento en el conflicto que mantiene la CNT por dignificar las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras municipales, que, tras reiteradas conductas antisindicales y reaccionarias por parte del consistorio, nos ha llevado a juicio.
La sentencia declara la conducta del Ayuntamiento "discriminatoria y contraria al artículo 14 de la Constitución Española", condena al Ayuntamiento a cesar el comportamiento discriminatorio y a indemnizar con 50.000 pts. al trabajador discriminado, delegado de la Sección Sindical de la CNT, por la lesión sufrida en su derecho fundamental a la igualdad de trato sin discriminación, ya que el Ayuntamiento lo había marginado salarialmente; también invalida el decreto de productividad del año 2000. La sentencia ratifica la legalidad de la Sección Sindical; que el compañero delegado de la Sección tiene la condición laboral de personal fijo de plantilla, y que la amortización de su puesto de trabajo (oficial de 2ª lampista) no evidencia discriminación, ya que responde a la creación de una plaza presupuestada de oficial de 1ª lampista, para adecuar la clasificación de los puestos de trabajo a las funciones efectivamente realizadas. En ningún momento, menciona la oferta pública de ocupación con la que el Ayuntamiento pretendía cubrir el puesto de trabajo de nuestro compañero, acto que sí comportaría discriminación, ya que sería sinónimo de despido.
Denunciamos al PSC-PSOE, al equipo de gobierno, por el nulo interés demostrado en la problemática de los trabajadores y las trabajadoras. Esperamos que se empiecen a normalizar las condiciones y derechos laborales en ese Ayuntamiento y se respeten los derechos y garantías sindicales que corresponden a la Sección Sindical de la CNT.
Agencia Confederal Girona |